Documento de transporte (guía aérea, B/L marítimo y carta porte terrestre) factura comercial y certificados, documentos de control previo DAV de requerir.
Para aduana solo pueden presentarse documentos originales que deben ser entregados para su custodia a la Agencia Aduanera SMX.
Este documento es la Declaración Andina del Valor; declaración de fidelidad del importador, por el cual da Fe que los valores declarados son los reales. Este documento es exigible físicamente ante la aduana o mediante autorización al agente de aduana a través del sistema informático ECUAPASS para que sea firmado electrónicamente por este.
Posterior a los cinco años prescribe.
Se debe prepara una carpeta minuciosamente elaborada con toda la documentación requerida rigiéndose exactamente a lo solicitado.
RUC, cédula de identidad, papeleta de votación, último pago de luz agua o teléfono, correo electrónico, números de teléfono celular y convencional, carta de autorización representante legal, nombramiento o certificado laboral.
Firma electrónica (Token) copia cédula de identidad y nombramiento o certificado laboral e información personal.
Toda mercancía está clasificada con un código arancelario y para determinar este código nos deben proporcionar información técnica del producto a importar para proporcionar esta información.
Ad-valorem, Salvaguardia, IVA 12%, FODINFA 0.5%. Algunas mercancías pagan ICE y Arancel mixto o específico.
Para poder contestar esta pregunta primero debemos clasificar arancelariamente la mercadería a importar pero de requerir esta medida para-arancelaria no se puede embarcar sin primero obtenerla.
Físico, documental, automático, físico intrusivo y físico no intrusivo.
De 24h a 72h.
Peso bruto de la carga en KG. Dimensiones en metros cúbicos o dimensiones en centímetros alto X ancho X largo. País de importación. Puerto, aeropuerto o frontera de embarque de carga. Destino Puerto, aeropuerto o frontera de descarga de carga. Lugar de entrega de la carga en el exterior. Vía por la que desea cotizar (marítima, aérea o terrestre). Si es marítimo confirmar si es carga a ser contenerizada.
Peso bruto de la carga en KG. Dimensiones en metros cúbicos o dimensiones en centímetros alto X ancho X largo. Confirmar si es carga suelta o contenerizada. Punto de salida y punto de llegada
Carga entregada en fábrica de su proveedor.
Franco a bordo, su carga entregada por su proveedor en el puerto u aeropuerto (FCA).
Es el valor de su mercancía FOB más el valor del flete internacional pagado en origen.
Es el valor de su mercancía FOB más el valor del flete internacional pagado en destino (Ecuador).
Costo de la mercancía FOB + valor del flete internacional + seguro.
Es el valor CIF Costo FOB de las mercancías + flete internacional + seguro nacional o 1% del valor CFR.
El valor depende del peso de la mercancía su volumen los días de permanencia en la almacenera temporal y si en el proceso de nacionalización se incurrió en aforo físico.
En aéreo 50% salario mínimo unificado y en marítimo el 60% del salario mínimo unificado. A partir de esta base varía según el volumen de importaciones o exportaciones y el proceso en si de la nacionalización.
El porcentaje promedio es de 0.5% del costo de la mercancía FOB + flete internacional más impuestos. Este porcentaje puede variar por los riesgos de la carga a un siniestro.
No es obligatorio pero es recomendable si la carga es susceptible a un siniestro.
El valor de seguro para efectos de aduana se calcula el 1% del valor de la mercancía FOB + flete internacional.
Se debe declarar siempre el valor de flete más alto.
Si pueden realizar el acto de importar o exportar pero las formalidades aduaneras están suspendidas hasta que regularicen ante el SRI.
Si pueden ser importadas solo hay que cumplir con el documento de control. Este tipo de mercancías no se encuentran clasificadas dentro de los productos de prohibida importación (ejemplo: ropa usada).