BOLETÍN ADUANERO SENAE N° 143-2017

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Posted bySMX Aduana Posted in
Posted on Jan 01, 1970

TEMA: Inhabilitación del Buzón lista de Pasajeros , en virtud de la Resolución Nro. SENAE-DGN-2016-1160-RE

Se comunica a todos los Operadores de Comercio Exterior y funcionarios del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, que en virtud  de lo expuesto en  el último párrafo del artículo 1  de la Resolución Nro. SENAE-DGN-2016-1160-RE (descargue aquí), que reforma la Resolución Nro. DGN-679 «Procedimiento General para el Despacho de Equipaje de Viajeros a Través de las Salas de Arribo Internacional del Ecuador»; el 01 de abril del presente año, se procederá a inhabilitar los siguientes buzones:

Debiendo  a partir de esta fecha todos los transportistas efectivos transmitir electrónicamente dicho listado, de acuerdo al formato establecido por el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador.

Además se recuerda que la no entrega del listado de pasajeros por parte del transportista efectivo por cada vuelo, se sancionará con la contravención tipificada en el literal e) del artículo 190 del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones.

Particular que se comunica para los fines pertinentes.

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